Condiciones Generales de Utilización de la Tarjeta Comercial Atugas, comercializada por ATUGAS HIDROCARBUROS SL ( en adelante ATUGAS )



1. CONCEPTO
La Tarjeta ATUGAS es un instrumento comercial de pago que permite a sus Titulares satisfacer el precio de compra de los carburantes ofrecidos en las estaciones de servicio de la mercantil ATUGAS HIDROCARBUROS SL, o en las estaciones con las que mantenga contratos de posicionamiento. A los efectos de estas condiciones generales se entenderá por titular de la tarjeta ATUGAS a la persona física o jurídica firmante del contrato para la emisión de la tarjeta ATUGAS.
2. NORMAS REGULADORAS
La Tarjeta ATUGAS se regirá por las normas y condiciones de utilización especificadas en estas Condiciones Generales y por las modificaciones que en la misma introduzca ATUGAS HIDROCARBUROS SL previa comunicación escrita al Titular de la Tarjeta. La utilización de la Tarjeta supone la aceptación por su Titular de las presentes condiciones generales de utilización y de sus modificaciones que le hayan sido comunicadas previamente.
3. ENTIDAD EMISORA
La Tarjeta ATUGAS es propiedad de su entidad emisora ATUGAS HIDROCARBUROS SL. Se emitirá discrecionalmente por ATUGAS HIDROCARBUROS SL en favor de aquellos poseedores de vehículos que lo soliciten. Si el Solicitante fuera persona jurídica la solicitud deberá ir firmada por un representante de aquélla con poderes suficientes. La Tarjeta lleva aparejada un Código Secreto (PIN) para garantizar la seguridad del titular de la misma. La emisión de la misma se realiza por tiempo indefinido reservándose la mercantil ATUGAS HIDROCARBUROS SL. la facultad de cancelarla Tarjeta previa comunicación al Titular en los siguientes casos: Cuando haya rebasado los límites de crédito concedidos, no haya atendido el pago de sus débitos, mantenga una situación de Mora, o bien cuando existan indicios racionales de que pueda producirse el incumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato.
4. USO DE LA TARJETA
La Tarjeta ATUGAS sólo podrá ser utilizada por los usuarios de los vehículos designados por el titular de la misma. Se podrán emitir varias tarjetas a nombre de un mismo titular, para ello deberán especificarse las matrículas de los vehículos en el contrato para la emisión de las tarjetas.
5. OBLIGACIONES
El titular de la Tarjeta ATUGAS se obliga a: a) Conservar y utilizar correctamente las tarjetas de las que es Titular y Depositario. b) Velar por la debida seguridad de las tarjetas, cuidando de que las mismas se encuentren siempre en poder de un usuario autorizado y velando porque estos últimos la utilicen en la forma autorizada por estas Condiciones Generales de utilización. El Titular o usuario queda obligado a mantener en secreto el PIN. c) Notificar de inmediato, a efectos de oportuna anulación de la tarjeta por parte de ATUGAS HIDROCARBUROS SL el robo, extravío o inutilización de aquélla o del PIN así como la tenencia de la misma o del PIN por personas no autorizadas. La notificación se entenderá siempre sin perjuicio de las denuncias que resulten procedentes. En el supuesto de comunicación telefónica, el Titular deberá confirmar dicha notificación por escrito. Será responsabilidad exclusiva del Titular el uso indebido que se haga de la tarjeta o del PIN antes de que dicho Titular haya comunicado a ATUGAS HIDROCARBUROS SL su pérdida o robo. d) Abstenerse de utilizar tarjetas caducadas, sustituidas o canceladas. e) Destruir inmediatamente la Tarjeta ATUGAS cuando le sea comunicada su cancelación o su sustitución por ATUGAS HIDROCARBUROS SL o cuando el Titular renuncie expresamente a su uso (cambio de vehículo, titularidad u otras razones) continuando obligado a satisfacer el importe de todas las transacciones realizadas mediante la Tarjeta hasta el momento de su efectiva destrucción. f) Pagar las transacciones realizadas mediante el uso de la Tarjeta ATUGAS, en el plazo y condiciones establecidas en la cláusula 7. g) Comunicar por escrito a ATUGAS HIDROCARBUROS SL cualquier modificación o cambio que afecte tanto al domicilio postal designado en la solicitud de la Tarjeta como a la domiciliación bancaria realizada. ATUGAS HIDROCARBUROS SL. queda exonerada de toda responsabilidad en tanto se dirija al último domicilio comunicado por el titular. h) Notificar puntualmente a ATUGAS HIDROCARBUROS SL cualquier circunstancia que modifique negativamente su solvencia. i) Comunicar por escrito a ATUGAS HIDROCARBUROS SL en el plazo máximo de 2 días desde que se produzca cualquier siniestro que afecte al vehículo autorizado por la Tarjeta o cualquier variación en su identidad, disponibilidad o titularidad. ATUGAS HIDROCARBUROS SL se obliga a: a) Remitir al Titular que lo solicite el código secreto PIN en el momento de su emisión, un ejemplar de las presentes Condiciones Generales de utilización de la Tarjeta ATUGAS y sus modificaciones posteriores. b) Anular las tarjetas canceladas, así como todas aquellas cuya anulación se solicite, por razón de robo, extravío, pérdida, o inutilización que haya sido notificado por el Titular. c) Una vez solicitada por el Titular la anulación de la Tarjeta por pérdida o robo procurar por todos los medios a su alcance para impedir su ulterior utilización.
6. REALIZACIÓN DE OPERACIONES
El Titular de la Tarjeta y/o las personas autorizadas para su uso cuando empleen ésta última deberán: a) Introducir la tarjeta en el tarjetero habilitado para el pago en la Estación de Servicio y anotar el PIN en la forma y lugar que se le indique. b) La identificación mediante el PIN supone la plena conformidad del Titular con la operación efectuada y con el importe que figure registrado en la documentación comprobante y el compromiso firme del pago de su importe en el plazo y condiciones establecidas en la cláusula 7. c) La utilización del código PIN tendrá los mismos efectos que la firma personal del tenedor.
7. FACTURACION Y COBRO
ATUGAS HIDROCARBUROS SL. remitirá al Titular mensualmente o con la periodicidad acordada, una factura comprensiva de las operaciones efectuadas desde el cierre de la facturación anterior y se reserva el derecho de modificar el periodo de facturación previa comunicación escrita al titular. El pago se efectuará mediante débito en cuenta y Banco del Titular por parte de ATUGAS HIDROCARBUROS SL. La presentación al cobro se hará dentro de los diez días siguientes a la fecha de cierre de la facturación. Si en el plazo de 10 días desde la fecha del cargo que el Banco haya efectuado no se recibiera reclamación escrita del Titular, se considerará que éste está conforme con dicha factura. En el caso de que alguna factura no fuera abonada en su vencimiento o sobre el Titular fuere presentada solicitud de suspensión de pagos o quiebra, el total saldo de la cuenta del Titular se considerará vencido y podrá ser exigido desde ese momento por ATUGAS HIDROCARBUROS SL teniendo derecho además de cobrar al Titular de la Tarjeta todos los gastos y quebrantos originados por dicha devolución. Asimismo, devengará desde dicha devolución un interés de demora equivalente al interés aplicado por el Banco Central Europeo incrementado en siete puntos porcentuales. Será Título suficiente a efectos de reclamación judicial de la cantidad adeudada una certificación expedida por ATUGAS HIDROCARBUROS SL en la que se haga constar que dicho saldo deudor certificado coincide con el de la cuenta de la Tarjeta que aparece en la contabilidad de ATUGAS HIDROCARBUROS SL Tal saldo deudor tendrá la consideración de cantidad cierta y liquida exigible a los efectos de pago, sin que el deudor pueda en modo alguno impugnar o no admitir el contenido de dicha certificación reconociéndole por anticipado plena eficacia en juicio. En cualquier caso, correrán también a cargo del Titular los gastos judiciales y extrajudiciales, tasas y costas del Procedimiento, incluidos los honorarios de abogados y procuradores, incurridos por ATUGAS HIDROCARBUROS SL aun cuando su intervención, no fuese preceptiva, así como la indemnización por daños y perjuicios que haya sufrido por esta causa ATUGAS HIDROCARBUROS SL.
8. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARACTER PERSONAL
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, el interesado concede su consentimiento libre y expreso en el tratamiento de sus datos personales, por parte del responsable del tratamiento ATUGAS HIDROCARBUROS SL. El titular de la Tarjeta autoriza a ATUGAS HIDROCARBUROS SL al envío de comunicaciones relativas al uso de la Tarjeta como comerciales relacionadas con el producto contratado conforme al artículo 21 de la ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información. El titular de la Tarjeta autoriza a ATUGAS HIDROCARBUROS SL a la consulta de ficheros de solvencia patrimonial y riesgos de créditos a fin de enjuiciar su solvencia patrimonial. En caso de falta de pago sus datos podrían ser comunicados a ficheros relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias. En base al derecho de información establecido en el artículo 12 del mismo RGPD y en base al artículo 11 de la LOPD GDD, se le facilita la siguiente información, puede consultar la información ampliada en el siguiente enlace (http://intranet.milopd.com/rgpdA/index.php?id=10678.14936).
9. JURISDICCION
Para cuantas diferencias puedan surgir en la aplicación e interpretación de los pactos recogidos en este contrato las partes renuncian expresamente al fuero que pudiera corresponderles y dada la naturaleza mercantil de las operaciones pactadas, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid.