CONTRATO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EMPRESA Y EL COLABORADOR
- La empresa titular de esta Website y CRM es “www.atugas.com ® ATUGAS HIDROCARBUROS SL”, con número de C.I.F.: B.06967020. Correo electrónico de contacto info@atugas.com, en adelante LA EMPRESA.
- Se define EL COLABORADOR como el usuario del CRM.
- El acceso al servicio web supone la aceptación del presente CONTRATO MARCO DE COLABORACIÓN, y sus posibles futuras variaciones/adaptaciones que serán incorporadas en este mismo portal, sin necesidad de previo aviso por parte de LA EMPRESA a EL COLABORADOR.
1. OBJETO Y ALCANCE
El objeto de la Colaboración es la promoción, comercialización y la prestación de la totalidad o parte de los servicios objeto de la venta en el ámbito geográfico nacional entre el COLABORADOR y LA EMPRESA, de Productos y Servicios de Valor Añadido de LA EMPRESA. La descripción y alcance de los productos y/o servicios son definidos en cada caso por LA EMPRESA, y serán objeto de procesos de mejora y revisión de acuerdo a la necesidad de ajustarse a los requerimientos de mercado. Los citados productos y/o servicios están dirigidos a clientes finalistas del segmento de :
1 . Minoristas de Hidrocarburos y Derivados ( Gasolineras, Gasocentros y Revendedores )
2. Mayoristas de Hidrocarburos y Derivados ( Grandes Consumidores )
3. Cliente finalista de Hidrocarburos y Derivados, siendo el target prioritario las flotas, pero no excluyendo el ámbito profesional y doméstico.
Así mismo se incorporan nuevas líneas de negocio y tecnologías que ayudan a la des-carbonización del transporte terrestre, como son :
1. Gas Natural Vehicular ( GNV ) en sus dos variantes, GNC y GNL
2. Gas Licuado del Petróleo ( GLP )
Atugas.com, cuenta con líneas de colaboración para dar soporte al diseño, legalización, instalación y mantenimiento de instalaciones y/o equipos asociados a las líneas de negocio anteriormente citadas.
En base a lo anteriormente expuesto :
I - El COLABORADOR se compromete a comercializar y captar los clientes en interés y al servicio de LA EMPRESA, de acuerdo a las políticas comerciales de LA EMPRESA, incluso en el ámbito de las tareas de ejecución, puesta en marcha, y mantenimiento según la tipología y carácter mercantil del COLABORADOR.
II - El COLABORADOR promoverá la contratación de productos y servicios en el mayor número posible de clientes, manteniendo tan sólo el carácter de agente promotor de la venta, asumiendo LA EMPRESA toda la relación contractual con el cliente para la oportunidad en cuestión.
III - El COLABORADOR no podrá implementar cambios de política comercial, sin embargo podrá solicitar cambios en la política comercial a raíz de su experiencia para mejorar la gestión y eficacia comercial del Marco de Colaboración.
IV - El COLABORADOR se organizará con sus propios medios y autonomía los trabajos encomendados a través del presente, para lo cual LA EMPRESA facilitará al COLABORADOR información, y las herramientas comerciales que aparecen en el CRM, que son las precisas y necesarias para el desarrollo correcto de su actividad.
V - Se hace constar que el COLABORADOR asume en su integridad las obligaciones establecidas en las normas y procedimientos de LA EMPRESA, en particular las de estar al corriente de pago de las cuotas a la Seguridad Social y de los salarios de sus trabajadores si los tuviese.
VI - LA EMPRESA pone a disposición del COLABORADOR el CRM que deberá utilizar correctamente y en base a los protocolos marcados por LA EMPRESA. Este CRM se encargará de apoyar el desarrollo de negocio, agilizar la negociación y cierre de las oportunidades comerciales identificadas y su gestión operativa.
VII - El COLABORADOR trasladará para cada oportunidad de venta su alta en el CRM, y es requisito imprescindible para que el COLABORADOR pueda construir la propuesta comercial al cliente. LA EMPRESA se reserva el derecho de no ofertar un determinado producto / servicio de acuerdo a su política comercial y/o de riesgos, ambos dentro del ámbito de decisión exclusivos de ésta.
VIII - El COLABORADOR no podrá articular una oferta Alternativa a la que sea aportada por LA EMPRESA al cliente.
IX - El COLABORADOR, realizará su actividad bajo estricta confidencialidad y no competencia. Se entiende por competencia toda persona física y/o jurídica relacionada con las actividades que desarrolla Atugas.com ( y sus empresas vinculadas ) en el ámbito nacional.
2. REMUNERACIÓN
El COLABORADOR, acuerda desempeñar en todo momento sus funciones bajo acuerdo de compra directa de combustible, o de re-venta a terceros, no pudiendo reclamar cantidad y/o compensación alguna a LA EMPRESA por las ventas realizadas, gestiones o relaciones surgidas a través de esta colaboración.
En el caso de re-venta a terceros, e impago del combustible, el COLABORADOR asume solidariamiente junto en el cliente final los derechos de cobro que LA EMPRESA dispone sobre el mismo.
3. NATURALEZA JURÍDICA Y CONFIDENCIALIDAD
Las Partes expresamente declaran que no existe entre ellas relación alguna de dependencia o subordinación, actuando como entidades plenamente autónomas e independientes. Ambas partes declaran su absoluto respeto a la Confidencialidad de toda la información, clientes, colaboradores, usuarios finalistas y planes de negocio generados en este Marco de Colaboración.
La utilización del CRM por parte del COLABORADOR, no implica en ningún caso relación laboral alguna entre LA EMPRESA y EL COLABORADOR. La relación se corresponde exclusivamente a una colaboración inter-partes NO en exclusiva de carácter exclusivamente mercantil y se regirá por sus propias cláusulas y, en las no incluidas, por el Código de Comercio, leyes especiales y usos mercantiles.
4. SUBCONTRATACIÓN
El COLABORADOR no podrá subcontratar total o parcialmente la prestación de servicios que realiza a LA EMPRESA sin previo consentimiento por escrito de la misma. Y tampoco podrá ceder sus claves de acceso al CRM.
5. CARTERA COMERCIAL DEL COLABORADOR
Una vez el COLABORADOR introduzca los datos de cliente y cualquier otro dato asociado a la prestación de servicio (s) al mismo en el CRM, estos datos pasarán a ser propiedad de la LA EMPRESA y/o de las personas físicas y/o jurídicas con las que ésta mantenga relación. No pudiendo el COLABORADOR solicitar ninguna compensación por ello en caso de rescisión laboral o limitación de acceso al CRM.
LA EMPRESA podrá por tanto seguir manteniendo relación comercial con el / los cliente (s) para la prestación de servicio(s) presente(s) y/o futuros.
6. LOPT Y POLÍTICA DE PRIVACIDAD APLICABLE AL CLIENTE FINAL
La correcta inclusión de los datos del cliente, será responsabilidad del COLABORADOR, que deberá en todo caso respetar la LOPT y POLÍTICA DE PRIVACIDAD reflejadas en la web .
EL COLABORADOR se compromete a notificar de forma fehaciente al cliente la inclusión de sus datos en la base de datos de LA EMPRESA y su finalidad.
El incumplimiento de este punto, eximirá a LA EMPRESA de cualquier responsabilidad que el cliente(s) pudieran exigirle, e imputándose dicha responsabilidad única y exclusivamente al COLABORADOR.
7. PROPIEDAD INTELECTUAL
El código fuente, los diseños gráficos, las imágenes, las fotografías, las animaciones, el software, los textos, así como la información y los contenidos que se recogen en www.atugas.com están protegidos por la legislación española sobre los derechos de propiedad intelectual e industrial a favor de LA EMPRESA, y no se permite, la reproducción total o parcial de ésta Web, ni su tratamiento informático, comunicación pública, distribución, difusión, modificación, transformación o des-compilación, sin el permiso previo y por escrito de su titular, LA EMPRESA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 32 párrafo segundo de la Ley de Propiedad Intelectual.
El COLABORADOR, única y exclusivamente podrá utilizar el material facilitado por LA EMPRESA, o el que aparezca en la Web www.atugas.com o CRM, para los fines definidos en el Marco de Colaboración, quedando prohibida su utilización con otros fines, o para incurrir en actividades ilícitas. Todos los derechos derivados de la propiedad intelectual están expresamente reservados por LA EMPRESA.
LA EMPRESA velará por el cumplimiento de las anteriores condiciones y para la debida utilización de los contenidos presentados en su portal, ejercitando todas las acciones civiles y penales que le correspondan en el caso de infracción o incumplimiento de éstos derechos por parte del usuario.
8. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD PARA LA EMPRESA
Los resultados mostrados en el apartado CALCULADOR DE AHORRO son estimaciones realizas en base a los datos introducidos por el COLABORADOR, que deberán ser recopilarlos correctamente del cliente, por lo que la veracidad de los resultados mostrados queda condicionada a su correcta introducción y entendimiento por parte del COLABORADOR, y posterior verificación de LA EMPRESA.
Es decisión final de LA EMPRESA determinar la idoneidad del producto en base a las características del producto y/o servicio.
LA EMPRESA declina cualquier responsabilidad en la toda de decisiones derivada de los datos de ahorro estimativos mostrados en los calculadores web o CRM.
9. VIGENCIA Y EXTINCIÓN DEL MARCO DE COLABORACIÓN
El Marco de Colaboración será vigente hasta que LA EMPRESA, o EL COLABORADOR así lo consideren, cualquiera de las partes podrá rescindir libremente y en cualquier momento este Marco de Colaboración, no siendo necesario ningún tiempo de antelación para que sea efectiva.
Para la efectiva Extinción del Marco de Colaboración, se debe comunicar de forma fehaciente a la otra Parte:
- LA EMPRESA lo comunicará mediante la restricción de acceso al CRM.
- EL COLABORADOR lo comunicará mediante envío de escrito al email: info@atugas.com.
La extinción del Marco de Colaboración supondrá la pérdida automática e inmediata de cualquier derecho de cobro presente, pasado o futuro por parte de EL COLABORADOR.
Serán causa de rescisión inmediata del Marco de Colaboración, el incumplimiento por parte de EL COLABORADOR:
- No promover de forma correcta los productos y servicios de LA EMPRESA.
- Facilitar oferta alternativa a la de LA EMPRESA.
- Difundir datos de estrategia, y política comercial a la competencia.
- No cumplir con la cláusula de confidencialidad.
- No cumplir con la cláusula de no competencia.
- Subcontratar sin consentimiento expreso de LA EMPRESA.
- No cumplir la LOPT y POLÍTICA DE PRIVACIDAD.
- No notificar al cliente la inclusión de sus datos en la base de datos de LA EMPRESA.
- No respetar la propiedad intelectual de LA EMPRESA.
10. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Para todas aquellas cuestiones que se puedan suscitar con motivo de interpretación, ejecución o eventual incumplimiento de las presentes condiciones de utilización, los usuarios, con renuncia a su propio fuero, y con independencia del lugar donde se suscite cualquier disputa, se someterán expresamente a la competencia y jurisdicción de los juzgados y tribunales de Madrid.
Las presentes condiciones se regirán, en todo caso, por la legislación española.